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miércoles, 21 de enero de 2015
Capitulaciones Matrimoniales.
Es un contrato que firman los futuros esposos, el cual determina el régimen económico sobre los bienes tenidos y sobre los bienes por tener cada uno durante el matrimonio. Es un contrato solemne que nace al momento de ser inscrita en una Notaría con jurisdicción territorial en relación al lugar donde se celebre el matrimonio, es decir, se deben notariar en la ciudad en donde vaya a celebrarse el matrimonio.
Es importante destacar que las Capitulaciones Matrimoniales en Venezuela, sólo tienen validez cuando fueron notariadas antes de la celebración del Matrimonio; luego de realizado el matrimonio, cualquier capitulación realizada, es nula.
De no existir capitulaciones matrimoniales, la Ley Venezolana considera que los bienes adquiridos por los cónyuges durante el matrimonio, les corresponde a cada uno la mitad de los mismos.
En caso de adquirir durante el matrimonio, uno de los cónyuges, un bien con patrimonio de su propio peculio, deberá establecer en el documento de compra-venta, que así lo hace; que no adquiere el bien para el patrimonio matrimonial, sino que lo hace para sí mismo y con su propio peculio.
Feliz Día.
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